Expertos alertan de los "importantes riesgos" de la nueva Ley de Seguridad Nacional que prepara Sánchez.

 La reforma de la normativa vigente prevé la realización de "prestaciones personales" por parte de toda persona mayor de edad en caso de emergencia, así como la incautación de bienes o la suspensión de actividades.



Los detalles que se conocen sobre la reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el Gobierno son pocos o, al menos, «insuficientes» como para construir aún juicios de valor, según avanzan diversos expertos en Derecho Constitucional consultados por El Independiente. Pero eso no ha evitado que la intenciones de Sánchez con el nuevo anteproyecto de ley hayan despertado furia de la oposición y recelos entre profesores y catedráticos, que ven en la aprobación de la normativa «importantes riesgos» que puede traducirse en un «posible abuso» de autoridad por parte del jefe del Ejecutivo.

La información la adelantó el diario El País. La reforma que prepara el Gobierno prevé, entre otras cuestiones, que todas las personas mayores de edad se vean obligadas a la realización de «prestaciones personales» que exijan las autoridades competentes cuando España entre en una «situación de interés para la Seguridad Nacional» que entrañe un estado de crisis para el conjunto del país, sin entrar a especificar por el momento en qué supuestos podrían aplicarse este tipo de medidas. Se propone, además, que las autoridades puedan proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así como la intervención u ocupación de los mismos y la suspensión transitoria de cualquier actividad. La normativa afectaría en un principio tanto a ciudadanos como a empresas y entidades jurídicas.

La aprobación de esta reforma, tal y como la presenta el mencionado medio de comunicación, implica la posibilidad de que el Gobierno pueda activar «una especie de estado de alarma» si vuelve a producirse una situación de emergencia, pero «sin la necesidad de volver a pasar por el Congreso de los Diputados», opina José Manuel Vera Santos, Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos, que advierte que una reforma de estas características debería «definir en todo momento lo que se entiende como ‘crisis'», y habría que medir con todo lujo de detalles la «proporcionalidad» de la normativa porque, recuerda, «se estarían tocando derechos fundamentales». «El principal riesgo en que se incurre es la extralimitación de las funciones de un Gobierno democrático», incide.

La cobertura legal de la que gozaría la reforma es, sin embargo, «suficiente». Coincide en este punto el ex letrado del Tribunal Constitucional, Joaquín Urias, que subraya que el anteproyecto de ley es «una eventualidad prevista en la Constitución», y más concretamente en el artículo 30.4 de la Carta Magna. De este modo, la pretensión de Vox de llevar el asunto ante la Justicia en caso de que la normativa llegue a aprobarse no tendría, en principio, soporte jurídico. «Es una reforma constitucional, pero hay que determinar los tipos y los casos en que se puede ejecutar», añade Daniel Berzosa, abogado y doctor en Derecho Constitucional. En efecto, el mencionado artículo hace referencia a la regulación de «los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública». «Mientras se tramite en base al artículo 30.4, no tiene por qué haber problemas», insiste Urias, que recalca que en ningún caso debe haber cabida en el texto para ningún tipo de regulación relacionada con «la defensa o el servicio militar» consagrado en los dos primeros apartados del artículo 30 de la Constitución.

Sin embargo, advierte que «la ley debe incluir mecanismos para evitar que nadie pueda utilizarla en el futuro para fines desproporcionados o ilegítimos» e incide en que la reforma «deberá ser todo lo detallada posible» y tendría que incluir desde «un listado de catástrofes o emergencias por las que se podría aplicar hasta qué autoridades están capacitadas para garantizar su cumplimiento e, incluso, el desarrollo de un régimen de sanciones». El objetivo: evitar que la ambigüedad del texto pueda terminar convirtiéndose en un arma de doble filo. Además, Urias critica la «frivolidad» del Gobierno por poner el foco en la regulación de «las prestaciones personales» de la ciudadanía al Estado en caso de emergencia cuando hay materias, a su juicio, «mucho más urgentes», como el desarrollo efectivo de una ley de pandemias o la reforma de la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio por las «evidentes disfunciones» que se han producido durante la pandemia. «Políticamente hablando, la reforma no me parece correcta», zanja.

«Hay que razonar qué se entiende por un estado de crisis», coincide Berzosa. De lo contrario, asegura que incurriríamos en una «extralimitación del gobernante», en el sentido de que se trataría de una normativa que «manifiestamente invade la libertad, la propiedad y que puede tener unos elementos autoritarios» si no se especifica correctamente el carácter «temporal» y «puntual» de la norma y en qué supuestos medioambientales, sanitarios, políticos o económicos cabría aplicarse. Santos, por su parte, recuerda que la reforma debería basarse en los supuestos de ‘estado de crisis’ que ya aparecen en el artículo 7 bis de la Ley de Protección Civil y que recoge el «deber de colaboración» de la ciudadanía, sin alusión alguna a una ‘militarización’ de la población mayor de edad.

En efecto, la Ley de Protección Civil establece que, ante determinadas «emergencias», los ciudadanos y personas jurídicas «están sujetos al deber de colaborar, personal o materialmente, en la protección civil», en base una vez más a lo establecido en el artículo 30.4 de la Constitución. «Cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades y al cumplimiento de las órdenes que aquellas establezcan (…). Cuando la naturaleza de las emergencias lo haga necesario, las autoridades podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así como la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios y, en su caso, a la suspensión de actividades». En este caso, la ley sí contempla que aquellos que se vean perjudicados por este tipo de acciones tendrán derecho a «ser indemnizados», y deja claro que se tratará de una restricción de derechos «limitada al tiempo estrictamente necesario» para hacer frente a las emergencias.

En suma, los expertos consultados coinciden en que lo importante de la reforma que prepara Sánchez no es el qué, sino el cuándo y el cómo. Y alegan además que, para que la tramitación del anteproyecto de ley cuente con todas las «garantías» legales, el jefe del Ejecutivo debería plantearla como ley orgánica pese a que la propia Ley de Seguridad Nacional es ordinaria. ¿Por qué? «Para evitar importantes problemas jurídicos» durante el proceso, en tanto que sólo las leyes orgánicas pueden afectar a derechos fundamentales, tal y como se plantea en este caso. Eso sí, las leyes orgánicas requieren una mayoría absoluta en el Congreso, mientras que para las ordinarias sólo hacen falta más síes que noes en sede parlamentaria.


Críticas en la oposición


Tanto PP como Vox han reaccionado duramente a la información publicada por El País, que recoge además que el Gobierno ya habría informado del contenido de la reforma a algunos grupos políticos. No obstante, ni una ni otra fuerza han recibido documento o información alguna sobre la nueva normativa, pero el texto tampoco ha llegado a manos de otros socios habituales del Gobierno, como ERC o el PNV, según informan fuentes parlamentarias.

El principal partido de la oposición ya ha avanzado que votará ‘no’ a la propuesta de Sánchez incluso antes de haber leído el anteproyecto de ley. El presidente del PP, Pablo Casado, llegó a tildar la propuesta como «la mili del PSOE» ya que, a su juicio, el objetivo del Gobierno es el de impulsar un «servicio militar obligatorio desmilitarizado con la Ley de Seguridad Nacional» en la mano, al tiempo que exigió poner el foco en el desarrollo de una «ley de pandemias», una exigencia en la que han insistido los populares en el último año. «Sánchez sigue en su deriva autoritaria. Con nuestro voto, no», ratificaba en Twitter la portavoz parlamentaria del PP, Cuca Gamarra.

¿Limitar derechos fundamentales con una Ley Ordinária? Sánchez sigue en su deriva autoritaria. Con nuestro voto NO.


¿Y para cuándo la Ley de Pandemias? Seguimos esperando.

Todos los mayores de edad podrán ser movilizados en caso de crisis https://t.co/fvxWXg2oi9 vía @el_pais


— Cuca Gamarra (@cucagamarra) July 3, 2021


Por su parte, Vox ha registrado en el Congreso de los Diputados una solicitud de comparecencia del director de Seguridad Nacional, Miguel Ángel Ballesteros, para que explique los detalles de un anteproyecto de ley con el que Sánchez «trata de imponer un régimen de terror contra las libertades individuales y contra los derechos de los españoles», según avanzaba el portavoz político de la formación, Jorge Buxadé. Vox ha anunciado, además, que impugnarán la reforma ante el Tribunal Constitucional en caso de que llegue a aprobarse. «¿Será capaz Sánchez de imponer obligaciones y requisar bienes sólo a los españoles o lo hará también con los inmigrantes?», sugería.









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