LA ZONA PÚBLICA : Facebook y el despido

El día 29 de junio (1 día después de la baja) fue a una despedida de soltera en Madrid, incluyendo conducción de coche propio, coger un avión, visitar un parque de atracciones montando en una de las atracciones y una salida nocturna en salas de baile.


El 14 de julio volvió a salir de fiesta con amigas por la noche, repitiendo el 21 de julio, con calzado de tacón alto, estando de fiesta hasta las 6 de la mañana.

Los motivos que se a alegan para el despido de una trabajadora son: no seguir un tratamiento médico adecuado a la situación de baja, transgrediendo la buena fe contractual.

¿Cómo accedió la empresa a esta información? Por una doble vía:

1. El jefe de informática de la empresa accedió a una página pública de Facebook donde se veían las fotos del parque de atracciones y donde la misma trabajadora despedida realizó comentarios sobre dicha actividad.

2. La empresa puso un detective a seguir a la trabajadora cuando salía de fiesta por Gijón.

En el primer juicio en el Juzgado Social, la trabajadora alegó que las pruebas no podían ser válidas por, entre otros motivos, no tener su consentimiento y no revelar conductas contra la situación de baja médica.

No obstante, la jurisprudencia en casos similares indica que las actividades llevadas a cabo por la trabajadora sí que iban contra la recuperación de su contractura cervical y que la obtención de pruebas había sido totalmente lícita, puesto que el informático accedió a un link de dominio público. 

En consecuencia, el despido fue considerado procedente tanto por el Juzgado Social como por el Tribunal Superior de Justicia.

CONCLUSIONES

1. Estar de baja médica no otorga ninguna protección especial, y más cuando se llevan a cabo actividades, cuanto menos, dudosas.

2. Los seguimientos hecho por detectives y encargados por la empresa son totalmente válidos, siempre que tengan como objetivo verificar comportamientos que puedan ser perjudiciales para la empresa.

3. Toda la información PÚBLICA en las redes sociales que sea accesible sin dificultad, puede ser considerada prueba válida a un acto de juicio. Así pues, se tiene que tener cuidado con el que se hace a la vida personal y cómo se hace, sobre todo en situaciones de baja médica como la explicada a este artículo.

Por último, decir que este caso es un buen ejemplo, pero ni mucho menos una situación parecida tiene porque acabar así siempre. Los matices son los que marcan la procedencia o improcedencia de un despido.







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