LA ZONA PÚBLICA : La incompetente Comisión Nacional de la Competencia.

La CNMC, impuso desde su creación, fin de 2013, y hasta 2017, sanciones por importe de 914,66 millones de euros de los que ha podido recaudar tan solo un 3%, es decir, 29,81 millones.


Produce inquietud el que un órgano público cuya finalidad es perseguir y sancionar, en su caso, a quienes atenten contra las elementales normas de la competencia, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, (CNMC) resulte tan incompetente a la hora de recaudar las multas que impone a quienes han transgredido uno de los pilares sobre los que asienta, no solo el estado Español, sino la propia Unión Europea.

La CNMC, impuso desde su creación, fin de 2013, y hasta 2017, sanciones por importe de 914,66 millones de euros de los que ha podido recaudar tan solo un 3%, es decir, 29,81 millones.

Esta situación es en sí misma un atentado con la libre competencia porque da ventaja a los que trasgreden frente a los que cumplen, resta autoridad al regulador y burla la existencia de la propia norma.

Estas circunstancia se conocieron directamente de la propia Comisión a través de la respuesta parlamentaria que planteó el diputado socialista Antonio Hurtado.

No en vano la competencia asegura el correcto funcionamiento de los actores en el mercado libre protegiéndolo de quienes utilicen al atajo para ganar más dinero a costa de los que cumplen.

Viene a ser como el Código de Tráfico y Seguridad Vial, que antes se denominaba de la Circulación y su brazo ejecutor, la Guardia Civil de Tráfico a la hora de sancionar a los que hacen el lila en las carreteras.

Pero con una diferencia importante: la multas de Tráfico se cobran, casi todas. Pago directo o indirecto, incluidos los embargos en la Renta. Si es cierto que existe la posibilidad de acudir por parte de la CNMC a la vía de apremio pero considerando necesariamente el tiempo que se emplea en los diferentes recursos ante la Justicia, años, no meses. Y habrá que tener en cuanta la situación, entonces, de la empresa sancionada y si siquiera existe o está ya domiciliada en el exterior.

Y no es un hecho baladí el observar los sectores a los que pertenecen las empresas más sancionadas y que son precisamente aquellos que ofrecen los servicios más demandados y utilizados por la ciudadanía. Así, en el reparto de premios del “Tú si que vales” de los servicios infractores aparece como triunfito la energía, seguido con casi iguales méritos por las telecomunicaciones y cerrando la cajonera de los ganadores el audiovisual. (¡Sálvame, Dios mío! De aquellos que dicen que quieren hacernos de reir)

En su respuesta parlamentaria la CNMC manifiesta que una de las causas por las que existe esa tremenda diferencia entre la cuantía de las sanciones y lo recaudado está en que los sancionados pueden recurrir sus expedientes ante la Audiencia Nacional (AN) mediante un recurso. La Audiencia concede la suspensión de la obligación del pago de la multa, entre el 80 y el 90% de las situaciones, si por parte del sujeto sancionado se aportan garantías. Y, en cualquier caso, estos asuntos en la AN se llevan de dos a tres años, aunque la Comisión reconocía al diputado que entonces, en 2017, quedaban en el alto tribunal expediente sin resolver desde 2013.

Pero no es ese el fin de la senda judicial por la AN, de varias leguas, que pudiera conducir al cobro de la multa impuesta a los infractores. Cabe aún la posibilidad de comenzar la vía judicial ya que finalizado el periplo por la Audiencia Nacional mediante la interposición de recurso ante el Tribunal Supremo. Esto se parece a lo del cricetino ese (popularmente llamados hámsters) que va corriendo sin parar por una rueda dentro de su jaula –ojo al dato- sin llegar a ninguna parte.

Recalcula

También existe la posibilidad de recalcular a la baja la sanción impuesta por decisión del tribunal de Justicia interviniente pero ello da lugar al inicio de otro proceso dentro de la Comisión que apareja de nuevo un dilatado plazo de tiempo.

Ante todo este panorama surge una cuestión llamativa. ¿Por qué una sanción de Tráfico, o por incumplimiento de obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuesta a un ciudadano tiene tan corto recorrido hasta llegar a su cobro y las que se imponen a las empresas, sobre todo a las grandes, son un modo de “La larga marcha”?

Misterios sin resolver aunque quizá existe una respuesta que bien pudiera ayudar a su resolución: la enorme capacidad de recursos económicos de estas compañías para contratar a los mejores despachos de abogados en donde se encuentran letrados que provienen de la Abogacía del Estado, de la Fiscalía y de la Agencia Tributaria, entre otros.

Lo dicho, en España lo peor que te puede ocurrir es no ser nadie.





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