¿Hasta donde protege la ley a los ateos y su forma de manifestarse?
¿Porqué discrepa la justicia?
¿Es legal ser ateo?
Todas estas preguntas podían tener respuesta después de lo ocurrido en Madrid durante la semana santa del 2011.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificó la resolución de la Delegación del Gobierno en esta Comunidad por la que se prohíbió la denominada procesión atea prevista para el Jueves Santo 21 de Abril de 2011, al entender que infringía el derecho a la libertad religiosa y suponía un riesgo para el orden público.
Así lo determinó la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, integrada por cinco magistrados, en una sentencia que contó con dos votos particulares, uno de ellos discrepante.
La sentencia, concluyó que la convocatoria infringía el derecho fundamental de libertad religiosa amparado en el artículo 16 de la Constitución Española y constituía un "riesgo real y efectivo de afectación del orden público con peligro para personas y bienes", por lo que ratificó la decisión de la Delegación de prohibirla.
El TSJM valoró los argumentos que esgrimió la Delegación, como el hecho de que la marcha contara con informes desfavorables porque coincidiría con las procesiones tradicionales y podría causar problemas de orden público, y destacaba los contenidos de los carteles anunciadores difundidos y las declaraciones realizadas por algunos de los organizadores.
barrio de Lavapiés, Madrid.
En este sentido, el TSJM afirmó que, en virtud de las declaraciones vertidas por algunos organizadores de la marcha el pasado 24 de marzo en Radio Ela, se deduce que la idea de los mismos de difundir un ideario ateo "se va a materializar mediante un castigo a la conciencia católica, haciendo daño a la misma, sin contemplaciones y siendo consustancial a la propia convocatoria la ofensa a la religión católica".
Una de las magistradas de la Sala, Ángeles Huet de Sande, emitió un voto particular discrepante con esta sentencia, en el que se mostraba a favor de permitir la manifestación porque no consideraba acreditada cuál es su verdadera finalidad y no creía que vulneraba la libertad religiosa ni que implicara desórdenes públicos.
El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, tras la prohibición de la procesión atea
La magistrada afirmó que la sentencia "se basa en meras conjeturas o hipótesis y no en hechos ciertos y objetivos, pues deduce -al igual que el informe de la Policía Municipal en que se basa, vago e impreciso además- de la mera proximidad temporal y espacial de dos manifestaciones pacíficas de ideas ciertamente contrarias, que este solo hecho va a suponer, con toda certeza, enfrentamientos de tal envergadura que determinarán un peligro cierto para el orden público (...) hasta tal punto de justifica en ello la prohibición".
El magistrado José Luis Quesada Varea emitió otro voto particular, en el que compartía el voto favorable a la prohibición de la manifestación en los términos en los que fue convocada, pero -aclara- "exclusivamente" porque colisiona el derecho fundamental a la libertad religiosa, y no por el hecho de que la crítica satírica o la protesta contra la actividad religiosa sea en todo caso constitutiva de una ofensa inadmisible desde la óptica de la libertad religiosa".
Los convocantes de la "procesión atea" anunciaronque, de no ser estimado su recurso, como ocurrió, no llevarían a cabo ningún acto pero organizarían una manifestación "en defensa de las libertades" para fechas próximas.
La procesión atea se llevaría a cabo en el barrio de Lavapiés y estaban convocados las Asociaciones Ateos en Lucha, Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores y la Asociación La Playa de Lavapiés.
Tras conocerse la prohibición de la marcha que hizo pública la Delegación, las asociaciones convocantes pusieron un recurso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para impugnar la prohibición, alegando que los motivos por los que se suspende la procesión son "falsos".
El recorrido discurriría por varias parroquias y calles con nombres cristianos. Este fue uno de los motivos alegados por el Tribunal para prohibir dicho acto.
Paralelamente a este hecho, una juez de Madrid decidió abrir diligencias para investigar una denuncia interpuesta por 10 personas, de las cuales siete eran abogados y que iba dirigida contra los responsables de Ateos en Lucha, Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores y la Asociación La Playa de Lavapiés, por convocar dicha manifestación.
Los denunciantes alegaban que esta procesión supone una ofensa "para quien procesa la fe católica" y afirmaban que no solo ofende a los católicos, sino que también a todas a aquellas personas que valoran la Semana Santa como "un acto cultural de la tradición española".
|
Para ver más.
|
LA ZONA PÚRPURA: Ateos por la gracia de Dios
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
DEJA TU COMENTARIO