ESPAÑA ME MATA: Turismo Sanitario en Andalucia?


¿Hay un turismo sanitario, es decir, personas que viajan deliberadamente a Andalucía y/o España para operarse o recibir tratamientos?



La ministra Salgado dice que no, pero las CC.AA no están de acuerdo con ella, por los costes añadidos que sufren. NO es un fenómeno nuevo.

En Valencia, la Consejería de Salud ha tomado medidas. En Andalucía, si existe, parece residual si se lo compara con la mayoría de los pacientes extranjeros, compuesta por personas que viven en España y que por lo tanto, tienen doble cobertura y posibilidad de elegir. 

Para que nos entendamos, para un británico que vive en la Costa es más cómodo operarse de cataratas aquí antes que en su país, porque allí la lista de espera es mayor. Alguien que viva en Finlandia ¿es posible que se venga aquí a operarse pagándose el hotel y el avión, porque le saldría más barato hacerlo por lo privado en Finlandia?



En Almería el gasto sanitario es muy alto en comparación con el resto de Andalucía. Estas preguntas nos han llegado por correo electrónico de la mano de Adolfo Nogales. Y la verdad es que nos ha parecido interesante y la incluimos en Tribuna Libre.


La pregunta es si la Junta de Andalucía prepara medidas contra este turismo sanitario, si tiene datos suficientes y si es posible y cómo atajarlo para que nuestra Sanidad no quiebre.

Por ejemplo, uno de cada cuatro pacientes del hospital Costa del Sol es extranjero. El perfil puede ser este: "Británico de 50 años, con salud delicada y familiares que le facilitan alojamiento para ahorrarse el hotel, perfil del «turista sanitario".





«EL turismo sanitario existe y parece que crecerá con el tiempo, pues hemos detectado que cada vez es más frecuente aprovecharse de la cobertura del sistema español, amplia y generosa, pues el catálogo de prestaciones es altísimo, así como de los medicamentos», destaca José Antonio García, director gerente del hospital en La Razón.




El perfil del turista sanitario responde a «un paciente de 50 años con salud delicada que viaja a la costa española, donde tiene familiares o amistades que le facilitan alojamiento, pues de tener que pagarse un hotel les saldría muy caro», añade. Los británicos, sostiene, son sus principales clientes. «Las anginas de pecho, los infartos, las hernias, las cataratas y las cardiopatías» son las patologías más frecuentes.




El País publicaba el 7 de junio de 2004 que "muchos europeos acuden a Marbella a tratarse. Sólo hay un problema. El hospital, que es público, no recupera el dinero porque muchos no están empadronados en España. En teoría, la sanidad pública podría pedir el dinero de sus tratamientos a los países de origen. En la práctica, no ocurre.




"Hay extranjeros que tienen tarjeta sanitaria española aunque no estén empadronados. Como no podemos saber cuáles están empadronados no podemos pedir el dinero", asegura el hasta hace poco gerente del Hospital, Antonio Pérez Rielo. El precio de la prótesis de cadera, sin la hospitalización, varía entre los 1.200 y los 2.500 euros. Los cálculos que ha efectuado la multinacional IKEA para instalarse en Málaga tienen en cuenta que hay en la provincia un 40% más de población de la que reflejan los datos oficiales.




Verlo en el Sur de Málaga del 27 de agosto de 2006. Hay otros artículos e informes que deben leerse. Este es de Málaga. Sobre la implicación de las compañías de seguros, ver esto.









El "Turismo Sanitario" en cifras.





Según el Reglamento (CE) 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.º 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de Seguridad Social, la asistencia sanitaria prestada en cualquier Estado miembro de la Unión Europea a las personas procedentes de cualquier otro Estado miembro será reembolsada con arreglo a dos sistemas: o bien mediante la contraprestación efectiva con cargo a una factura que refleje la cuantía real de los gastos de asistencia o, en el caso de los países que no mantengan una contabilidad que permita determinar dicho concepto, con arreglo a un tanto alzado establecido para cada año civil —cuota global mensual—. 

Esta cuota actualmente se establece en 250 €/mes por sólo nueve países, recogidos en el anexo III del referido Reglamento (CE) 987/2009, de 16 de septiembre de 2009, a saber, Finlandia, Italia, Irlanda, Malta, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia y España. Teniendo en cuenta que los mayores de 65 años son los que generan más del 75 % del gasto sanitario, que la media de cualquier intervención a alguien que esté por vacaciones en nuestro país ronda los 773 € por persona, que existen 2.367.549 de extranjeros europeos de los cuales 142.052 tienen más de 65 años, y que el gasto de cualquier intervención médica supera la cuota de un tanto alzado, resulta necesario adoptar mecanismos que permitan asegurar una efectiva contraprestación de los gastos reales generados por personas que estando de vacaciones perciben asistencia sanitaria o que acuden a nuestro países desde otros países de la Unión Europea con ese único propósito, fenómeno conocido como «turismo sanitario». 

A este problema se añade el hecho de que, una vez percibida por el Estado la contraprestación mediante cuota de tanto alzado, ésta se reembolsa a los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas, sin que exista ninguna obligación de compensar a los centros sanitarios que han prestado la asistencia que dio lugar a la exigencia de la contraprestación.

Esta situación provoca un claro perjuicio para los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas, especialmente las que son mayores receptoras de turismo, puesto que no sólo el coste de esta asistencia no resulta efectivamente compensado, sino que además, tampoco se asegura que esta contraprestación finalmente sea compensada a los centros sanitarios que prestaron la asistencia sanitaria con sus propios recursos.

A estas deficiencias deben unirse otras tantas señaladas ya por el Tribunal de Cuentas en marzo de 2012 en el «Informe de fiscalización de la gestión de las prestaciones de asistencia sanitaria derivadas de la aplicación de los reglamentos comunitarios y convenios internacionales de la seguridad social». 

En este informe se señala que las deficiencias detectadas en el sistema de detección, cobro y reembolso de la asistencia sanitaria prestada a ciudadanos asegurados en otros Estados en España supusieron casi 450 millones de euros para las arcas públicas al no poder ser resarcidos por los países de origen de los ciudadanos atendidos.

Entre los numerosos problemas que detectó el Tribunal de Cuentas en su informe podemos señalar algunos:

— Deficiencia en el intercambio de información que se produce entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas y del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria al no disponer o utilizar correctamente la herramienta informática precisa para dejar constancia de la facturación de la atención prestada en los servicios sanitarios.

— Ausencia de procedimientos que regulen la emisión de documentación desde los centros sanitarios

a los «centros de grabación» de los Servicios de Salud y del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

— La práctica extendida de la utilización del formato papel para trabajar con estas facturas, lo que retrasa de manera considerable su movilidad y agilidad a la hora de poder trasladarlas a otros servicios y agilizar su facturación.

— Falta de seguimiento de las facturas emitidas por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ya que solo queda constancia de la facturación, pero no de la aceptación o rechazo de esta por parte de los países deudores.

— Ausencia de registro informático de los escritos recibidos por el Instituto Nacional de Seguridad Social procedentes de organismos de enlace extranjeros con las facturaciones correspondientes, lo que provoca retrasos en la gestión e incoherencias informativas.

— No existe una correlación entre la facturación emitida en un determinado año y los reembolsos recibidos que corresponden a ejercicios anteriores, lo que impide unos registros contables adecuados que recojan pagos pendientes y pagos al cierre de cada ejercicio.

— La aplicación utilizada no permite conocer si una factura ha sido finalmente cobrada o no, ya que se registran los cobros de forma global, sin identificar el formulario de liquidación que corresponde a cada factura.

— Necesidad de mejorar el sistema de cálculo del importe de las cuotas globales de España.

— Se debe exigir la identificación correspondiente, expedida por un organismo oficial del Estado de procedencia, que acredite que la persona que carece de cobertura sanitaria en su país pueda acogerse a la condición de «persona sin recursos económicos suficientes». El Tribunal señala que «existe un evidente riesgo de que las personas sin recursos económicos suficientes de nacionalidad no española sí cuenten con esos recursos en sus Estados de origen, no realizándose comprobación alguna por parte de las administraciones españolas al respecto».





BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS








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1 comentario:

  1. En cuanto a este tipo de turismo, es esencial disfrutar al máximo de estos destinos, independientemente de las consecuencias que nos llevan al mismo... Si nuestro propósito es un viaje con propósitos o miras hacia la salud, debemos tomar en cuenta que las playas son una de las mas recomendadas para estas clase de terapias, en uno de mis Viajes a Tailandia por motivos de salud, pude ver los maravillosos resultados que estos paseos nos pueden otorgar.

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