Los tribunales argentinos cuestionan los acuerdos de la “Transición” española que garantizaron la impunidad de los crímenes del franquismo
El 14 de abril de 2010 familiares de víctimas del franquismo presentaban en Argentina una demanda para que se investigasen los crímenes de esta dictadura. Una iniciativa a la que se veían abocados ante el significativo bloqueo de sus reivindicaciones por parte de las instituciones del Estado español.
Seis meses después, la jueza federal argentina María Servini de Cubría enviaba un exhorto a España para que le indicaran qué investigaciones se estaban realizando sobre estos crímenes.
A mediados de 2012 la Fiscalía General del Estado español le respondía que “se están llevando a cabo diversas investigaciones en varios juzgados del país”.
El exhorto de la juez federal María Servini de Cubría solicita nombres y domicilios de los ministros y jefes de las fuerzas de seguridad en el periodo comprendido entre el 17 julio de 1936 y 15 junio de 1977. Imagen de enero de 1969 de Francisco Franco junto a los miembros de su Gobierno. Más.
A mediados de 2012 la Fiscalía General del Estado español le respondía que “se están llevando a cabo diversas investigaciones en varios juzgados del país”.
La magistrada, sin embargo, no dio crédito a la contestación y acabó emitiendo un segundo exhorto en el que pedía que se le informase sobre los ministros y otros responsables de la represión franquista entre el 17 de julio de 1936 – cuando comenzó en Melilla la sublevación contra el gobierno de la II República – y el 15 de junio de 1977. Día en que se celebraron las primeras elecciones tras la muerte del dictador.
LA JUEZA EXIGE NOMBRES Y DOMICILIOS
La jueza Servini de Cubría exigía que se le comunicaran los “nombres y últimos domicilios conocidos de los miembros de los consejos de ministros de los gobiernos del Estado español y de los miembros de los mandos de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Armada, directores de Seguridad y dirigentes de La Falange”, acompañados del certificado de defunción de aquellos que hayan fallecido.
LA JUEZA EXIGE NOMBRES Y DOMICILIOS
La jueza Servini de Cubría exigía que se le comunicaran los “nombres y últimos domicilios conocidos de los miembros de los consejos de ministros de los gobiernos del Estado español y de los miembros de los mandos de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Armada, directores de Seguridad y dirigentes de La Falange”, acompañados del certificado de defunción de aquellos que hayan fallecido.
La resolución judicial ordenaba, asimismo, que se le proporcionara el listado de empresas privadas, aún activas, que se beneficiaron del “trabajo esclavo y forzado de presos republicanos”.
Demandaba, igualmente, información sobre el número e identidad de las personas desaparecidas, su momento y lugar de desaparición; de cuantas personas fueron torturadas y asesinadas durante la “persecución política”; y sobre los niños que fueron robados a sus familias de origen, “con su ulterior sustitución de identidad”.
Solicitaba, además, los “informes sobre las fosas comunes encontradas y la cantidad de cuerpos recuperados hasta la fecha”.
Solicitaba, además, los “informes sobre las fosas comunes encontradas y la cantidad de cuerpos recuperados hasta la fecha”.
María Servini de Cubría realizaba esta reclamación sobre los delitos de la dictadura franquista basándose en el principio de Justicia Universal, figura que reconoce la Constitución de ese país al igual que la española.
La decisión de la jueza fue aplaudida por organismos humanitarios y por las asociaciones de víctimas del franquismo.
LA LEY ESPAÑOLA “DE PUNTO FINAL” Y LA TRANSICIÓN EN ENTREDICHO
Si las instituciones españolas respondieran a la petición efectuada desde el país latinoamericano tendrían que aportar información, entre otros, sobre el ex ministro franquista, fundador y presidente honorífico del PP Manuel Fraga, ya fallecido, – muñidor informativo del asesinato de Julián Grimau- o Rodolfo Martín Villa - responsable político de la muerte de centenares de activistas demócratas durante la llamada “Transición pacífica a la democracia” y presidente de Sogecable hasta el año 2010 -.
Algunos de ellos, los que sobreviviesen, deberían responder ante los tribunales, del mismo modo que los funcionarios de menor rango que continuaron ejerciendo su labor represiva hasta las postrimerías de la dictadura franquista.
La decisión de la jueza fue aplaudida por organismos humanitarios y por las asociaciones de víctimas del franquismo.
LA LEY ESPAÑOLA “DE PUNTO FINAL” Y LA TRANSICIÓN EN ENTREDICHO
Si las instituciones españolas respondieran a la petición efectuada desde el país latinoamericano tendrían que aportar información, entre otros, sobre el ex ministro franquista, fundador y presidente honorífico del PP Manuel Fraga, ya fallecido, – muñidor informativo del asesinato de Julián Grimau- o Rodolfo Martín Villa - responsable político de la muerte de centenares de activistas demócratas durante la llamada “Transición pacífica a la democracia” y presidente de Sogecable hasta el año 2010 -.
Algunos de ellos, los que sobreviviesen, deberían responder ante los tribunales, del mismo modo que los funcionarios de menor rango que continuaron ejerciendo su labor represiva hasta las postrimerías de la dictadura franquista.
Estos funcionarios -policías torturadores, carceleros o ministros- se beneficiaron de la Ley de Amnistía aprobada en junio de 1977. Una auténtica ley de punto final que garantizó su impunidad y cuyo contenido político sólo puede comprenderse recordando aquel célebre “atado y bien atado” con el que Franco tranquilizó a sus secuaces y sucesores en los últimos días de su vida.
Pero la Ley de Amnistía que han mantenido en vigor los gobiernos del PSOE y el PP constituye solamente una de las manifestaciones del llamado “espíritu de la Transición”. Para que la impunidad de los verdugos del franquismo pudiera estar plenamente garantizada, y el nuevo Estado monárquico pergeñado por los artífices del “cambio pactado” fuera viable, era preciso también imponer la desmemoria y la desmovilización popular.
Las claves de esta operación, posteriormente mitificada y presentada como modélica, han sido plenamente desveladas por el politólogo y abogado Joan Garcés en su libro Soberanos e intervenidos:
“Agotado el Dictador -escribe Garcés – se procedió a reformar las estructuras del Estado de la Dictadura, no a romper con la obra de ésta.
La operación exigía aplicar las recomendaciones de la Comisión Trilateral para “contener la excesiva voluntad de cambio de los españoles… Estos fueron presupuestos de la Constitución de 1978 y de la reforma política que ella inauguraba… La aplicación de los postulados de la Trilateral significó sustituir la movilización en torno de reivindicaciones de soberanía y libertades democráticas por la apatía y la indiferencia… que legitimaran la sucesión del franquismo sin alterar las estructuras socio-económicas que lo sustentaban excepto en lo que facilitara la circulación del capital internacional”.
Con una sociedad construida sobre estos corruptos cimientos no es extraño, pues, que el Estado español haya hecho oídos sordos a la petición del Comité de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que en 2008 le “recomendaba” que derogase la Ley de Amnistía de 1977.
Con una sociedad construida sobre estos corruptos cimientos no es extraño, pues, que el Estado español haya hecho oídos sordos a la petición del Comité de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que en 2008 le “recomendaba” que derogase la Ley de Amnistía de 1977.
En su informe sobre este particular el Comité de la ONU daba por supuesto el hecho de que se habían cometido “crímenes contra la humanidad en su jurisdicción nacional”, denunciando que la amnistía en relación con este tipo de delitos contraviene la Convención de Derechos Políticos y Civiles de 1966, ratificada por España.
Años después de la Transición, las oligarquías latinoamericanas tomaron ese “cambio pactado” y la Ley de Amnistía como arquetipo para elaborar sus propias coartadas legales y eludir su responsabilidad y la de sus sicarios en las dictaduras militares que asolaron ese subcontinente.
Ahora, no obstante, el cuestionamiento de la hispánica ley de punto final proviene precisamente de uno de esos países en los que también se intentó que el asesinato, el secuestro y la tortura de miles de personas fueran borrados de la memoria colectiva en aras de una supuesta “reconciliación nacional”.
La misma que en España ha prolongado hasta nuestros días el triunfo inicuo de los victimarios.
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