LA ZONA HISTÓRICA : Los abuelos olvidados del Valle

Las demandas de las víctimas de los crímenes del franquismo llegaron al Tribunal Constitucional, y por primera vez fueron escuchadas. Pero no por el órgano en sí, sino por el fiscal, que apoyaba una solicitud de exhumación de restos de víctimas en el Valle de los Caídos, en contra del criterio del TC, que había inadmitido el recurso de amparo de María Purificación Lapeña. Se trataba de recuperar el cuerpo de su abuelo y de su tío abuelo, asesinados por el régimen de Francisco Franco y enterrados en unos columbarios del mausoleo.


La mujer acudió primero a los juzgados locales de San Lorenzo de El Escorial, donde su causa fue sobreseída y archivada. El peregrinaje continuó en la Audiencia Provincial y, tras ser de nuevo archivada, su abogado, Eduardo Ranz, decidió quemar la penúltima bala (antes de acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos) presentando un recurso de amparo en el Constitucional.

Aunque no fue admitido, con el argumento de que no es materia del Constitucional pronunciarse sobre este asunto, la llegada hasta el máximo órgano judicial español no fue en vano: por primera vez desde que se aprobara la reforma de la Ley Orgánica del Constitucional, la Fiscalía se posicionaba en contra del criterio de su tribunal.



El responsable de esta decisión fue Manuel Miranda, quien presentaba un recurso de súplica pidiendo la admisión de la solicitud de amparo. Según su criterio, la decisión del Alto Tribunal (y la de los órganos judiciales anteriores) demostraba la negativa de "escuchar" las demandas de los familiares de las víctimas, lo que provoca "el bloqueo del acceso a la justicia" a estas personas.

Esta postura, inédita en el Constitucional, tenía para el portavoz de Jueces para la Democracia, José Antonio Martín Pallín, "un gran alcance político". Lorena Ruiz-Huerta, miembro de la Asociación Libre de Abogados, también reconocía y explicaba, lo inédito de este recurso. "Con la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en 2007, se introdujo el requisito de especial trascendencia, a imagen y semejanza del tribunal homólogo en Alemania. Esto implica que desde entonces se inadmiten sistemáticamente todos los recursos de amparo, a excepción de que estos recursos versen sobre cuestiones nuevas sobre las que el órgano jurisdiccional no se haya pronunciado".

Habría que esperar a que los jueces del Alto Tribunal, de mayoría conservadora, se reunieran a puerta cerrada y decidieran. "Es complicado que el caso se llegue a admitir a trámite. Primero se tendría que admitir el recurso de súplica y después el de amparo. Además, teniendo en cuenta la politización del Constitucional, la posibilidad de que la cuestión se llegue a investigar es bastante pequeña", apuntaba Ruiz-Huerta.



No obstante, exponía "el recurso del fiscal va a obligar al órgano judicial a revisar esa inadmisión inicial". Eduardo Ranz, el abogado de esta causa y en muchas otras relacionadas con crímenes de lesa humanidad durante la etapa franquista, no era del todo optimista, aunque consideraba que "es un paso gigantesco para el poco interés que hay por reparar a las víctimas de la dictadura". 






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