El Juzgado de Instrucción número 2 considera que su actuación "podría ser constitutiva de un delito de homicidio por imprudencia profesional" · La pequeña de 8 años murió tras ser operada de apendicitis
Redacción / Huelva | Actualizado 02.10.2008 - 09:40
"De las diligencias practicadas y especialmente de los informes periciales se desprende la existencia de indicios racionales de criminalidad que permiten, con la provisionalidad propia del momento procesal en que nos hallamos, imputar una negligencia profesional por el fallecimiento de Chantal L. M.". El Juzgado de Instrucción número 2 de Huelva, después de casi tres años de investigación sobre las circunstancias en las que se produjo la muerte de la niña tras una operación de apendicitis, acaba de emitir un auto en el que dispone continuar el procedimiento e imputa a tres médicos del Hospital Juan Ramón Jiménez. Chantal, de ocho años de edad, falleció de una infección mortal el 27 de diciembre de 2005 en el centro hospitalario, donde había sido operada tres días antes.
La autoridad judicial considera que, a la vista de las pruebas que se han practicado hasta el momento, el fallecimiento de Chantal, de ocho años de edad, se produjo "por la tardanza en el diagnóstico de la paciente ante una evolución tórpida que tuvo en el postoperatorio" sin que existiera tras la intervención, subraya el auto, "un control clínico y observancia mediante un diagnóstico no agresivo, palpación abdominal, hemocultivos, analíticas y, de forma empírica, instaurarle un tratamiento antibiótico previo a la cirugía, durante el acto quirúrgico o a posteriori, que de forma más precoz habría permitido detectar con anterioridad una peritonitis aguda".
Estos hechos, la tardanza y la omisión del control clínico a las que hace referencia expresa el instructor, imputando a los facultativos A.U.G., A.F.R.N. y A.M.O.G., "podrían ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia profesional" y, en este sentido, la autoridad judicial argumenta las razones de la imputación en cada uno de los presuntos responsables.
Respecto al primero de los imputados, afirma que la niña fue operada sin que se le aplicara la antibioterapia profiláctica (ni antes ni tras la intervención), del que era responsable y, a pesar de que en su declaración indicó que acordó que le suministraran la profilaxis antibiótica que se incluye en el protocolo para operaciones de apendicitis y que "no sospechó otra infección", el informe del Instituto de Medicina Legal (IML) así como el realizado por los peritos, lo contradicen.
Los referidos informes se oponen a la versión del médico y señalan que en el tratamiento que se le aplicó a la pequeña los días 24 y 25 de diciembre "no consta" que se le suministrara la profilaxis (mefoxitin). "Lo correcto hubiera sido suministrar a la paciente la profilaxis con antibióticos previos a la operación o en el curso de la misma, ya que ambos informes ponen de manifiesto -puntualiza el auto judicial- que las infecciones quirúrgicas establecidas y la aparición de complicaciones sépticas en el postoperatorio son situaciones frecuentes que exigen un conocimiento básico sobre el tratamiento antibiótico".
El juez contrasta también la declaración del segundo de los imputados, que asegura que "le llamaron para descartar un proceso de gastroenteritis porque se había descartado que fuera por la intervención, y no se decantó por ningún diagnóstico", con el informe forense, que manifiesta que la niña presentaba estado febril, dolor abdominal, vómitos en poso de café y varias deposiciones diarréicas, sin modificación del tratamiento, "síntomas distintos a los esperados en un postoperatorio de apendicitis. Lo que permite deducir que fue negligente en su actuación".
Los argumentos son similares en el caso del tercer supuesto implicado en el error médico, que visitó a la niña el día antes de que muriera, que "se encontraba sentada en la cama, con el abdomen blando, sin vómitos ni fiebre y que las deposiciones habían disminuido" y, por tanto, "no vio la necesidad de modificar el tratamiento. Sin embargo, el forense afirma en su informe que aquel día, el 26 de diciembre, Chantal tuvo cinco deposiciones líquidas, continuaba con dolor abdominal, tenía baja temperatura y un mal estado generalizado, y seguía con la misma pauta analgésica, por lo que deduce igualmente que el médico "fue negligente en su actuación".
El Juzgado de Instrucción número 2 ha decretado, por otra parte, el sobreseimiento de la causa respecto a otros siete médicos y personal sanitario que fueron también llamados a declarar.
Las partes imputadas tienen, a partir de la notificación del auto, un plazo de cinco días para presentar recurso de apelación.
"Una simple prueba para determinar el origen de la fiebre y de las dolencias, hubiera salvado a mi hija", lamentó la madre de Chantal tras su muerte.
La representación legal de la familia de la pequeña fallecida la ejerce Rafael Martín Bueno, de la Asociación de Negligencias Médicas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
DEJA TU COMENTARIO