LA ZONA DE PADRES : Carta al maestro



Señor maestro,

El curso escolar que acaba de abrirse será el segundo de aplicación de la ley de 28 de marzo de 1882

No quisiera que comenzara sin dirigirle a usted personalmente algunas recomendaciones que, sin duda, no le parecerán superfluas tras su primer año de experiencia con el nuevo sistema. 

Entre las diversas obligaciones que le impone a usted, sin duda la que más le tocará el corazón, la que mayor carga de trabajo y preocupaciones le acarreará, es la misión que se le confía de proporcionar a sus alumnos educación moral e instrucción cívica: me agradecerá usted que dé respuesta a sus preocupaciones, intentando dejar claros el carácter y el objetivo de esta nueva enseñanza; y, para hacerlo mejor, me permitirá usted ponerme por unos instantes en su lugar para mostrarle, mediante ejemplos tomados de sus funciones, cómo podrá usted cumplir, a este respecto, con su deber y nada más que con su deber.

Monumento de Santo-Dié-de Vosgos- (1896), del escultor Antonin Mercié, representa, ante el pedestal que da soporte la estatua en pie del hombre de Estado, una Marianne que simboliza la República, un niño annamite que recuerda el œuvre coloniale de Ferry, así como un colegial que evoca las leyes escolares de los años 1880.


Objetivos de la ley Ferry

La ley del 28 de marzo se caracteriza por dos disposiciones que se complementan sin contradecirse: por un lado, saca fuera del programa obligatorio la enseñanza de todo dogma particular; por otro lado, sitúa en primer lugar la enseñanza moral y cívica. La instrucción religiosa corresponde a las familias y a la iglesia; la instrucción moral, a la escuela.

El legislador no ha pretendido, pues, realizar una obra puramente negativa. Sin duda, ha tenido como primer objetivo separar escuela de iglesia, asegurar la libertad de conciencia de maestros y alumnos, y finalmente distinguir dos ámbitos confundidos durante demasiado tiempo: el de las creencias, que son personales, libres y variables, y el de los conocimientos, que son comunes e indispensables para todos. 

Pero hay otra cosa en la ley del 28 de marzo: afirma la voluntad de establecer entre nosotros una educación nacional, y establecerla sobre nociones de deber y derecho, que el legislador no duda en inscribir entre las verdades primeras que nadie puede ignorar.

Los poderes públicos cuentan con usted, señor, para esta parte capital de la educación. Al dispensarle a usted de la enseñanza religiosa, no se ha pensado en desvincularle a usted de la enseñanza moral: hubiera supuesto restar dignidad a la profesión de usted. 

Al contrario, nos ha parecido natural que el maestro, al mismo tiempo que enseña a los niños a leer y escribir, les enseñe también esas reglas elementales de la vida moral que no son menos universalmente aceptadas que las del lenguaje y el cálculo.

Tarea de los maestros

He dicho que la tarea de usted en materia de educación moral es muy limitada. 

Propiamente hablando, no tiene usted que enseñar nada nuevo, nada que no le sea familiar como a toda persona honesta. Y cuando se le habla a usted de misión y de apostolado, no se confunda: no es usted el apóstol de un nuevo evangelio; el legislador no ha querido convertirle en filósofo ni teólogo improvisado. 

No le pide nada que no pueda pedir a todo hombre con sentido común. Es imposible que vea usted cada día a todos esos niños que se presentan ante usted, escuchando sus lecciones, observando su conducta, inspirándose en sus ejemplos, en esa edad en que el espíritu se despierta, en la que el corazón se abre, en la que la memoria se enriquece, sin que inmediatamente le venga la idea de aprovechar esa docilidad, esa confianza, para transmitirles, con los conocimientos escolares propiamente dichos, los principios mismos de la moral, es decir, simplemente de esa buena y antigua moral que hemos recibido de nuestros padres y que nos honramos de seguir en las relaciones de la vida, sin meternos en líos discutiendo sus bases filosóficas.

Es usted auxiliar y, en cierto sentido, suplente del padre de familia; háblele, pues, a su hijo como le gustaría a usted que se le hablara al suyo; con fuerza y autoridad siempre que se trate de una verdad incontestable, de un precepto de la moral común; con la mayor reserva, si corre usted el riesgo de dañar un sentimiento religioso del que no es usted juez.

Si en ocasiones se siente usted apurado por no saber hasta dónde le está permitido llegar con su enseñanza moral, he aquí una regla práctica a la que puede usted atenerse: antes de proponer a sus alumnos un precepto, una máxima cualquiera, pregúntese usted si hay un solo hombre honesto que pudiera sentirse ofendido por lo que dice usted. 

Pregúntese usted si un padre de familia, uno solo, que esté presente en su clase escuchándole, podría rehusar de buena fe lo que esté usted diciendo. 

Si es así, absténgase usted de decir eso; si no, hable con valentía, puesto que lo que va usted a comunicar al niño no es su propia sabiduría, es la sabiduría del género humano, es una de las ideas de carácter universal que muchos siglos de civilización han hecho entrar en el patrimonio de la humanidad. 

Por estricto que a usted le parezca, acaso, un círculo de acción trazado así, convierta en una cuestión de honor no salir de él jamás, manténgase por debajo de ese límite, en lugar de exponerse a cruzarlo: nunca será demasiado el cuidado con que trate usted eso tan delicado y sagrado que es la conciencia del niño.



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