La zona Histórica: EL CINE SECUESTRADO

Una película secuestrada durante treinta años...aún.




Valladolid, 26 mar (EFE).- El cineasta Fernando Ruiz Vergara  recordó que, casi treinta años después del estreno de su documental "Rocío" (1980), éste aún permanece censurado en España porque sigue vigente la decisión judicial de prohibir la emisión de fragmentos de esa cinta que evocan pasajes de la Guerra Civil.

"Ni una coma quitó en su día el Tribunal Supremo cuando el equipo de la película decidió interponer un recurso contra lo que es una verdadera censura", explicó a Efe el cineasta sevillano, de origen onubense, antes de asistir al pase de la película en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Valladolid.

"Rocío", que se estrenó en Alicante en 1980 a pesar de haber ganado el I Festival de Cine de Sevilla -donde ningún distribuidor la quiso proyectar-, relata el origen de la devoción mariana del Rocío en Almonte (Huelva), así como su contexto histórico y social vinculado a la derecha y a la jerarquía eclesiástica.

Los fragmentos mutilados por decisión judicial, a instancias de una denuncia presentada el 23 de febrero de 1981, corresponden a una conversación sostenida por varios romeros que hablan sobre otros, a los que ponen nombre y que participaron en los denominados ´paseos´ y asesinatos durante la Guerra Civil (1936-1939).

"Yo no denuncié nada con mi película, simplemente me limité a relatar cosas que tienen que ver con mis inquietudes, con las cosas que he crecido y que he tratado de plasmar al igual que incongruencias mías como la de no asistir en mi tierra a una romería, como la del Rocío, que mueve a miles de personas", ha explicado.

La película se comenzó a rodar en 1977 y la denuncia que motivó la prohibición de proyectar esos fragmentos se produjo el mismo día del intento del golpe de Estado del 23-F, "lo cual es bastante significativo", por parte de un familiar de uno de los mencionados en el documental, según dijo.

"Rocío" ha sido recuperada por la Asociación Andaluza Memoria Histórica y Justicia, y se ha proyectado en Valladolid a instancias del Colectivo contra el Olvido.

El filme, de ochenta minutos de duración, tiene guión de Ana Vila, música de salvador Tavora, fotografía de Víctor Estevao y la dirección de Fernando Ruiz Vergara (Sevilla, 1942), afincado en Portugal desde 1975.


Ruiz Vergara ha producido para la televisión, entre otros proyectos, los titulados "Os ventos", "A luz occidental" e "Igrejas ad laetere".


Persecución, secuestro y censura del filme Rocío de Fernando Ruiz Vergara


La visión histórica y antropológica de la famosa romería andaluza del Rocío, plasmada en un magnífico documental de 88 minutos, fue objeto de una gran polémica en los años de la Transición. Bastaba mencionar la estrecha relación de la Iglesia y la hermandad rociera con los trágicos sucesos en los años de la guerra civil y ponerle nombre y rostro a algunas de las víctimas y victimarios locales de la represión , para que se pusieran en marcha los mecanismos de persecución y hostigamiento de ciertos sectores reaccionarios de la sociedad andaluza y del poder judicial contra la obra creativa de un joven realizador. 

La crónica resumida del proceso judicial a la que se vio sometida la película Rocío, pone de manifiesto las carencias democráticas de la tan propagada Transición que impide, a través de la censura, la posibilidad de que emerjan libremente los recuerdos de los vencidos que puedan permear en una sociedad con una infranqueable memoria oficial heredera del franquismo.


Rocío es un documental rodado en 1977, dirigido por Fernando Ruiz Vergara, con guión de Ana Vila e interpretada, como decía el cartel, “por hombres, mujeres y niños del Pueblo Andaluz”. 

El filme se estrena en julio de 1980 en el cine Bellas Artes de San Sebastián, aunque para el estreno con carácter de premier mundial figure la significativa fecha del 18 de julio en el cine Astoria de Alicante

La publicidad sobre la película insertada en los medios decía así: “No se equivoque, Rocío no es pandereta, Rocío no es la españolada, Rocío no son las folklóricas, Rocío es una rabiosa aspiración de verdad, que usted comparte. 
Rocío es el sentir de un pueblo en su grito de libertad. Rocío es la España que algunos quisieran ignorar”. Y también: “Rocío es mito, esperanza, multitud. Rocío, un verdadero ritual de rebelión. Rocío es la primera película universal auténticamente andalucista”. 

La película fue seleccionada ese año por el Ministerio de Cultura para participar en el Festival de Cine de Venecia junto con Ópera prima de Fernando Trueba. Sin embargo no logra estrenarse en Andalucía hasta meses después, como hubiese sido lo lógico y deseable para el director, que denuncia a los medios la negativa de los exhibidores para que sea proyectada en las salas. 

El 22 de octubre de 1980, se presenta en el marco del I Festival Internacional de Cine de Sevilla donde gana el Certamen de Cine Andaluz.


El documental no deja indiferente a nadie y genera controversias encontradas. En el diario decano de la prensa sevillana, El Correo de Andalucía, aparece un artículo que firma el jesuita José A. de Sobrinos con el significativo título de “La mala sombra del Rocío”. 

En él se apunta lo siguiente: “Resulta que íbamos a ver una película del Rocío y nos han largado un mitin político y anticlerical, que termina con un canto a las manos de los trabajadores que tienen que conseguir la libertad” (…) “¿A qué vienen esos recuerdos de de las crueldades de la guerra civil en un bando? ¿Es que no los hubo en los dos? ¿No sería más español y más democrático, no revivir escenas lamentables del pasado?”


Por otra parte, el antiguo diario local del Movimiento Sur/Oeste (23-10-80) titula una nota “A Rocío le sobraron palmas” y se dice, en la misma tónica que el anterior: “Junto a partes de inestimable valor, por su fisicidad, inmediatez y ágil visión del problema en su conjunto, tenemos otras enormemente perjudicadas por un innecesario énfasis en el ataque, a veces infantil y decididamente panfletario, a instituciones y poderes como la Iglesia, los terratenientes en general, los falangistas, las derechas y, en una palabra, el franquismo, al que se le acusa de manipular el tema del Rocío para su provecho”.

La película Rocío logra movilizar todas las presiones de las jerarquías eclesiásticas y conservadoras andaluzas hasta conseguir que no fuera exhibida en un solo cine del sur peninsular. 

Prohibida de facto en Andalucía, se estrena en el cine Bellas Artes de Madrid el 4 de febrero de 1981 con la presencia de políticos, escritores y poetas andaluces afincados en la capital como Alfonso Guerra, Antonio Gala, Fernando Quiñones, José Caballero Bonald, José Hierro, Antonio Hernández, entre otros. La cinta adquiere un enorme eco mediático que favorece la extensión de la polémica.


El 23 de febrero de 1981, el mismo día que un grupo de guardias civiles armados al mando del teniente coronel Antonio Tejero Molina irrumpía en el Congreso de los Diputados y que los tanques del Capitán General Jaime Milans del Bosch y Ussía tomaba las calles de Valencia, los hermanos José María, Manuel, Pilar, Juana, Josefa y Teresa Reales Cala, vecinos de Almonte, presentan en el juzgado de Sevilla una querella criminal por los delitos de injurias graves, escarnio de la religión católica y ultraje público de las ceremonias que en honor a la Virgen del Rocío se celebran durante su tradicional romería, contra el director de la película, la guionista Ana Vila, el responsable de la casa distribuidora y contra el anciano almonteño que interviene en la cinta, Pedro Gómez Clavijo. 

Las injurias graves se cometen al imputarse al fallecido José Mª Reales Carrasco, padre de los denunciantes, el haber asesinado a palos en agosto de 1936 a vecinos de Almonte

Los familiares se personaron en el estreno de Madrid “y comprobaron con inmensa indignación las importantes y deleznables injurias, presentando consiguientemente la correspondiente querella criminal. 
También se expresa en ella que Rocío sólo resalta lo malo de la romería, convirtiéndose en un libelo indecente, sin recoger lo positivo de ésta”. 

Como consecuencia de esta querella, el juez instructor de Sevilla nº 2 prohíbe la exhibición del filme en toda España el 8 de abril de 1981 y se procede a su secuestro. 

Es la primera vez que un juzgado secuestra una película en España después de que se aprobara la Constitución y desaparecieran los mecanismos de censura previa en materia de cine. 

Curiosamente, un día después de la prohibición y por iniciativa de uno de los asesores científicos del documental, el antropólogo sevillano Isidoro Moreno, se proyecta en Madrid en el marco del II Congreso de Antropología del Estado español.

El secuestro de esta película fue comunicado al alcalde comunista de la localidad sevillana de Pilas, muy próxima a Almonte y de fuerte tradición rociera, donde se iba a proyectar el día 10 de abril. 

El diario El País a través de su corresponsal José Aguilar, informa ese día: “…la querella es indicativa del profundo malestar originado en algunos sectores sociales de la baja Andalucía por la película en cuestión, y, en general, del tabú que encubre todavía en esta región a todo lo que se relacione con el Rocío desde una perspectiva crítica. 
De hecho, se ha dado el caso de una recogida de trescientas firmas en Pilas, en oposición a que la película fuese proyectada y, a otro nivel, los agentes andaluces de la compañía distribuidora han recibido graves amenazas si procedían a comercializarla en los cines de Sevilla, Cádiz o Huelva, las tres provincias más conectadas con la romería”. 

Al día siguiente el mismo diario aclara que la iniciativa de la recogida de firmas “surgió después de que la Hermandad del Rocío de Pilas tratase de convencer al Ayuntamiento de que la película no debía ser proyectada

Entre las razones esgrimidas por la Hermandad estaba la supuesta amenaza de la Hermandad de Almonte de volver de espaldas a la Virgen a su paso por la casa de Pilas, en el Rocío, durante la tradicional procesión. 

Aparte de esta advertencia, el propietario del cine Murillo, donde estaba programada Rocío, recibió durante varios días numerosas amenazas de daños a su local y a su persona. 

La citada recogida de firmas provocó, de otro lado, una recogida de firmas de sentido contrario, exigiendo la proyección de la película”. El Ayuntamiento pileño contaba con seis concejales del PCA, cinco de UCD y dos del PSOE”.

En un principio el juez desestima por completo la imputación de escarnio a la religión católica —"los temas religiosos están tratados con respeto", se afirma textualmente— y el secuestro preventivo dictado el 8 de abril se limita a las provincias de Sevilla, Cádiz y Huelva

Los procesados (director, guionista y vecino de Almonte) quedan en libertad provisional (se exime de responsabilidad al distribuidor), debiendo comparecer en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes y hacer frente a una fianza de cinco millones de pesetas

Según el juez, estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de injurias graves y contienen indicios racionales de criminalidad, declarando competentes a los herederos de Reales para presentar la querella, puesto que Rocío «los trata como hijos del jefe de una banda de asesinos»

Más adelante subraya que «la vivencia de la última guerra civil española es tan fuerte que impide considerar los hechos ocurridos en la misma como pertenecientes a la historia». 

Los procesados, por su parte, recurren contra el auto judicial y apenas dos meses más tarde, en junio, el juzgado de Instrucción sevillano ordena el secuestro de la película en todo el territorio estatal. 

Como consecuencia de esta medida deberán ser retiradas las copias de esta película que se estaban proyectando en cines de Madrid, Valencia y Málaga.

Un año después, a mitad de junio de 1982, mientras en Andalucía se constituía el primer parlamento autonómico de su historia, se celebra en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, con una enorme expectación, el juicio por un presunto delito de injurias graves contra los responsables de la película Rocío. 

Hubo pliegos de firmas y telegramas de numerosos intelectuales, periodistas y ciudadanos en solidaridad con los encausados y por la libertad de expresión. En la providencia dictada para fijar la fecha del juicio, la Audiencia desestima las pruebas propuestas por los abogados defensores de los acusados, entre ellas el testimonio directo de 17 ancianos, vecinos de Almonte, dispuestos a certificar la veracidad de las palabras de Gómez Clavijo y las declaraciones periciales de los historiadores Ian Gibson y Antonio Elorza y los cineastas Pilar Miró y Luis G. Berlanga.

El juicio se concibió como una pugna abierta entre el derecho al “honor ultrajado” de José Mª Reales, “caballero español y católico” como lo definía uno de sus hijos, y la libertad de expresión. 

El fiscal pedía para el director y la guionista un año de prisión menor y cuatro con petición de indulto, por tener antecedentes penales ¡de los años veinte! para el vecino Pedro Gómez Clavijo que contaba con 73 años en esos momentos. 

La acusación particular pedía seis años. Además, la prohibición de la exhibición de la cinta con la foto del supuesto injuriado, el pago de una multa y una indemnización a la familia de 6 millones de pesetas que la acusación privada elevaba a 25 millones, además de pedir el destierro para los encausados.


Tal vez, uno de los episodios más dolorosos del juicio fue el hecho de que el propio Pedro Gómez Clavijo, debido a todo el infierno que estaba sufriendo, llegara incluso a dudar de su participación en la película. 

Su abogado defensor, Antonio Mate, interviene con estas significativas palabras, tal como recoge la crónica de El Correo de Andalucía del 17 de junio de 1982: “Naturalmente, Pedro Gómez Clavijo no vio nunca que José Mª Reales matara a nadie con una porra desde el caballo, porque hubiese sido o de la banda o de los muertos. 

Pero lo sabe, y así lo contó en su momento, porque tiene la edad para saberlo, lo mismo que esos 17 ancianos que ayer se quedaron en la puerta de esta Sala para confirmar las manifestaciones de mi defendido, y que vinieron sin haber sido siquiera citados; pero esta prueba se nos negó entendiendo el tribunal que la Sala no reunía condiciones para ver previamente la película donde Pedro Gómez aparece como relator de estos hechos. 

Aquí se está enjuiciando, no a Pedro, sino a la fuente oral de la historia, aunque me temo que a partir de ahora esos vecinos de Almonte van a contar menos cosas de las que saben por la misma razón que Pedro Gómez ha enmudecido: el miedo que le ha hecho negar su propia imagen”

A este comentario, el abogado de la acusación particular, Bernardo Botello, ironizó diciendo que el señor Gómez Clavijo era, por fin, “una fuente oral de la historia”.

El 21 de junio, la Audiencia Provincial de Sevilla condena a Fernando Ruiz, director de la película Rocío, a dos meses y un día de arresto mayor, 50.000 pesetas de multa y una indemnización de 10 millones de pesetas en concepto de responsabilidad civil, por un delito de injurias graves contra José María Reales. 

Al mismo tiempo, se prohíbe la proyección y distribución de Rocío en tanto no se supriman del filme varias expresiones sobre la actuación de Reales durante la guerra civil española, así como la escena en la que aparece una fotografía suya con los ojos tapados por un rectángulo negro. 

Finalmente, el vecino Gómez Clavijo y la guionista Ana Vila fueron absueltos por el tribunal.

El director recurre esta sentencia ante el Tribunal Supremo y la acusación privada manifiesta hacer lo mismo. Fernando Ruiz rechazó tajantemente cualquier posibilidad de hacer cortes en la cinta para que sea posible su exhibición, de acuerdo con la sentencia. "Me niego en redondo, no lo acepto", indicó a la prensa.

Transcurrido más de año y medio, con la película sin poder exhibirse, el Tribunal Supremo, teniendo como ponente a Luis Vivas Marzal, confirma la sentencia de la Audiencia de Sevilla el 3 de febrero de 1984. 

Este Magistrado, entusiasta defensor del régimen franquista, como él mismo llegó a declarar , y que adquirió notoriedad pocos meses después, por condenar a una mujer que practicaba el nudismo en una playa del norte peninsular , afirma en la sentencia: “Que en la película cinematográfica de autos, el propósito de vilipendio, agravio y escarnecimiento del difunto Sr. R. no sólo se trasluce, sino que se transparenta y hasta rezuma, por decirlo así, en el factum de la sentencia recurrida, pues bien es cierto que, la finalidad aparente de Rocío es exclusivamente la documental referida al entorno histórico, sociológico, cultural, religioso, ambiental y hasta antropológico, de la romería del Rocío, pronto aflora una inoportuna e infeliz recordación de episodios sucedidos antes y después del 18 de julio 1936, en los que se escarnece a uno de los bandos contendientes, olvidando que las guerras civiles, como lucha fraticida que son, dejan una estela o rastro sangriento y de hechos, unas veces heroicos, otras reprobables, que es indispensable inhumar y olvidar si se quiere que los sobrevivientes y las generaciones posteriores a la contienda, convivan pacífica, armónica y conciliadamente, no siendo atinado avivar los rescoldos de esa lucha para despertar rencores, odios y resentimientos adormecidos por el paso del tiempo, sin que, lo dicho, obste a que, relatos rigurosamente históricos, imparciales y no destinados al común de las gentes, hagan honor al adagio De ómnibus aut veritas aut nihil, con una finalidad exclusivamente crítica y científica y de matiz objetivo y testimonial”.

La película vuelve a exhibirse, por fin, en las salas en 1985, cinco años después de su estreno, con cerca de
tres minutos censurados en dos cortes en donde aparece el número del decreto censor sobre una pantalla negra. 

En los años noventa fue emitida en las televisiones públicas, española y andaluza, en horario de madrugada y con la supresión de los planos donde aparecía la pantalla negra haciendo mención a la censura, evitando así el impacto que dicha imagen causa entre los espectadores. 

La censura no sólo ha perdurado, sino que, peor aún, su huella ha sido perversamente borrada sin el consentimiento del autor, mostrando como natural un producto por dos veces cercenado.

En marzo de 2005 rebrota nuevamente la polémica en torno a Rocío con motivo de unas jornadas que la Asociación Memoria Histórica y Justicia de Andalucía celebraba en Huelva con la proyección del documental y la presencia de su director. 

La Hermandad del Rocío, el Partido Andalucista de Almonte y la familia Reales erigiéndose, una vez más, en los depositarios de las esencias y las buenas tradiciones, arremetieron con virulencia contra la película porque “daña la imagen del Rocío y la de los almonteños” y vincula la Romería con la represión franquista .

No es este el lugar para hacer un balance de lo que ha supuesto esta censura en distintos niveles: en la prometedora carrera creativa de su director que abandonó España para autoexiliarse en Portugal; y en el desarrollo del cine documental de este género. 

En cualquier caso, sintonizamos plenamente con la opinión de Juan José Vázquez, que fue testigo directo del proceso sufrido por el filme Rocío desde su génesis: “La transición ponía coto no sólo a la posibilidad de hablar abiertamente de nuestro trágico pasado, sino también condenaba al silencio a aquellas iniciativas que desde plataformas no tuteladas intentaban abrirse pasado tras la larga noche del franquismo”


Ángel del Río Sánchez. 
Antropólogo (Universidad Pablo de Olavide) 



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